POLITICA SOBRE MINERALES DE CONFLICTO

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ProBrand International, Inc. (» ProBrand «) así como sus subsidiarias, apoyan los esfuerzos para acabar con la violencia, las violaciones de derechos humanos y la devastación ambiental causada por la extracción de minerales en la zona conocida como la » Región de conflicto» en el este de la República Democrática del Congo (RDC) y los países vecinos.

El 22 de agosto de 2012, la Comisión de Valores de EE.UU. (» SEC») publicó la regla final sobre Minerales de Conflicto bajo la Sección 1502 en la Ley de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor conocida como Dodd-Frank. La Regla Minerales de Conflicto requiere que empresas que cotizan en la bolsa de valores informen anualmente la presencia de minerales de conflicto en sus productos (estaño, tungsteno, tántalo y oro , o » 3TG » ) con origen de la República Democrática del Congo o países colindantes (» países cubiertos por la ley») .

ProBrand se compromete a cumplir con los requisitos aplicables a nuestra compañía sobre la ley de Minerales de Conflicto. ProBrand trabajará en conjunto con nuestros clientes y socios, en la implementación de programas para garantizar el cumplimiento con las normas establecidas en esta ley.

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